La Audiencia Provincial de Cuenca ha condenado al ex alcalde socialista de Quintanar del Rey, Martín Cebrián, “como autor penalmente responsable de un delito de prevaricación administrativa del artículo 404 del Código Penal, a la pena de nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo”. Estos son los términos que recoge el fallo, que también requiere a ex primer edil quintanareño el pago de una tercera parte de las costas, incluidas las de la acusación particular. El procedimiento judicial contra Martín Cebrián se iniciaba en abril de 2021, a raíz de una querella interpuesta por el entonces portavoz del Partido Popular en el Ayuntamiento de la localidad, José Talaya.
La Audiencia Provincial de Cuenca considera como un hecho probado que Martín Cebrián “a sabiendas de que actuaba completamente al margen del procedimiento establecido en la contratación de obras” formalizaba un contrato con la empresa TECESA SLU por un importe de 75.151,89 euros, destinados a adaptar el pabellón ‘Santa Lucía’ como Auditorio “ocultando que en ese momento ya había autorizado verbalmente al contratista las modificaciones sugeridas” a raíz de una visita realizada con anterioridad y que sumaban 36.515,34 euros más.
La sentencia rechaza de pleno que los hechos puedan considerarse “una mera irregularidad” y recalca la experiencia que Martín Cebrián tiene como alcalde. Recordemos, que, en el momento de cometer el delito de prevaricación por el que ha sido condenado, 2020, el ex primer edil socialista ya había desempeñado el cargo con anterioridad 8 años, de 2007 a 2015. Su mandato concluía a finales de la legislatura pasada, en 2023, cuando no se presentaba a la reelección y tomaba el relevo de la Alcaldía de Quintanar Joaquina Saiz, también del PSOE.
Especialmente descriptivos son los términos que el órgano judicial utiliza para aludir al acto cometido por el ex alcalde, adjudicar un exceso de obra de más de 35.000 euros de forma verbal sin consultar con ningún técnico y con absoluta falta de documentación, “podría calificarse como cacicada o dedazo”, señala la sentencia, que también recurre a otros apelativos como “esperpéntica, clamorosa o grosera”, expresiones empleadas por el Tribunal Supremo en diferentes resoluciones previas.
A pesar de que la Audiencia Provincial considera probado que la ex concejal Francisca Cebrián Navarro y el actual teniente de Alcalde, Jesús García Ruíz votaron, en Junta de Gobierno, a favor de la aprobación de la tercera certificación de obra, de los mencionados 36.515,34 euros de más, “no consta que actuaran en connivencia con el alcalde” por lo que los absuelve en este procedimiento.
Cuando el año pasado se iniciaba la apertura de juicio oral contra Martín Cebrián, el ex portavoz del Grupo Popular en el Ayuntamiento, José Talaya, ya manifestaba su confianza en la Justicia, “este asunto debe ser un punto de inflexión en la manera de gobernar en Quintanar. Nadie está por encima de la ley y los gobernantes públicos tienen que ser ejemplo para la ciudadanía”, señalaba.